Custodia compartida en Barcelona: requisitos, proceso y cómo solicitarla en 2025
La custodia compartida se ha convertido en el modelo preferente en las separaciones y divorcios con hijos menores en Cataluña. Sin embargo, muchos padres desconocen cómo funciona realmente este régimen, qué requisitos deben cumplirse y cómo solicitarlo correctamente ante los tribunales de Barcelona.
Si estás atravesando una separación o divorcio y quieres que tus hijos mantengan una relación equilibrada con ambos progenitores, este artículo te explica todo lo que necesitas saber sobre la custodia compartida en Barcelona: requisitos legales, proceso judicial, documentación necesaria y consejos prácticos para conseguirla.
¿Qué es la custodia compartida?
La custodia compartida es el régimen en el que ambos progenitores comparten de forma equilibrada el cuidado, atención y convivencia con los hijos menores tras la separación o divorcio. Esto implica que los niños pasan períodos similares de tiempo con cada uno de sus padres.
Es importante distinguir la custodia compartida de otros conceptos:
Custodia exclusiva: los hijos conviven habitualmente con un progenitor, mientras el otro tiene un régimen de visitas.
Patria potestad: es diferente a la custodia. La patria potestad (tomar decisiones importantes sobre los hijos) normalmente la mantienen ambos progenitores, incluso con custodia exclusiva.
Régimen de visitas: en custodia compartida no existe propiamente un régimen de visitas, sino un reparto del tiempo de convivencia.
Particularidades de la custodia compartida en Cataluña
En Barcelona y toda Cataluña, la custodia compartida se regula por el Código Civil de Cataluña (Libro II, Título II), que establece normas específicas diferentes al resto de España:
La custodia compartida es la opción preferente: desde la reforma de 2010, los jueces catalanes deben considerar prioritariamente la custodia compartida si es viable.
Principio del interés superior del menor: cualquier decisión debe priorizar el bienestar de los hijos.
Plan de parentalidad obligatorio: documento detallado que deben presentar los progenitores explicando cómo ejercerán la custodia.
Mayor flexibilidad: el Código Civil de Cataluña permite configuraciones más adaptadas a cada familia.
Estas particularidades hacen imprescindible contar con un abogado especializado en derecho de familia catalán que conozca esta normativa específica.
¿Cuándo se puede solicitar la custodia compartida?
Requisitos legales en Cataluña
Para que se establezca la custodia compartida en Barcelona, deben cumplirse ciertos requisitos fundamentales:
Aptitud de ambos progenitores: ambos padres deben tener capacidad para cuidar a los hijos y atender sus necesidades físicas, educativas y emocionales.
Voluntad de cooperación: debe existir una relación respetuosa entre los progenitores que permita la comunicación necesaria para tomar decisiones conjuntas sobre los hijos.
Disponibilidad de tiempo: ambos progenitores deben tener disponibilidad para dedicarse al cuidado de los menores durante sus períodos de custodia.
Proximidad geográfica: los domicilios de ambos padres deben estar razonablemente cercanos para no perjudicar la estabilidad de los hijos (mismo barrio, ciudad o zona educativa).
Vinculación afectiva: debe existir un vínculo afectivo sólido entre cada progenitor y los hijos.
Ausencia de violencia: no debe haber violencia doméstica, maltrato o abuso hacia los menores o el otro progenitor.
Edad y opinión de los menores: se valora especialmente la opinión de menores mayores de 12 años, aunque también se escucha a los más pequeños.
¿Es necesario el acuerdo de ambos progenitores?
No es imprescindible. Aunque es preferible que ambos padres estén de acuerdo, en Cataluña el juez puede establecer la custodia compartida incluso si uno de los progenitores se opone, siempre que se cumplan los requisitos y sea lo mejor para los hijos.
Sin embargo, la falta de acuerdo complica el proceso y puede alargar los plazos considerablemente.
Diferencias con otras comunidades autónomas
La regulación catalana tiene importantes diferencias respecto al derecho común español:
En Cataluña: la custodia compartida es la modalidad preferente y se aplica por defecto si es viable.
En el resto de España: aunque cada vez es más frecuente, no existe la misma preferencia legal automática.
Plan de parentalidad: obligatorio en Cataluña, no existe con este nivel de detalle en otras comunidades.
Flexibilidad: el Código Civil de Cataluña permite repartos del tiempo menos rígidos, adaptados a cada familia.
Criterios judiciales: los jueces catalanes aplican criterios específicos del derecho catalán.
Si te divorcias en Barcelona pero te casaste en otra comunidad, normalmente se aplica la ley catalana si es tu residencia habitual.
Proceso para solicitar la custodia compartida en Barcelona
1. Valoración inicial con abogado
El primer paso es consultar con un abogado especializado en derecho de familia en Barcelona para:
- Evaluar si se cumplen los requisitos legales
- Analizar la viabilidad real de conseguir la custodia compartida
- Determinar si es conveniente para los hijos en tu caso concreto
- Valorar costes y plazos del procedimiento
- Explorar la posibilidad de acuerdo con el otro progenitor
2. Negociación entre progenitores
Siempre que sea posible, lo más recomendable es intentar un acuerdo con el otro progenitor antes de acudir al juzgado. Las ventajas son múltiples:
- Proceso más rápido: 2-4 meses frente a 8-15 meses de juicio
- Menor coste económico
- Menos desgaste emocional para toda la familia
- Mayor flexibilidad en el reparto del tiempo y las decisiones
- Preserva la relación entre progenitores, fundamental para el bienestar de los hijos
La mediación familiar es una herramienta muy eficaz en estos casos. Un mediador profesional ayuda a las partes a alcanzar acuerdos satisfactorios para ambos.
3. Elaboración del plan de parentalidad
El plan de parentalidad es un documento obligatorio en Cataluña que debe detallar cómo se ejercerá la custodia compartida. Debe incluir:
Lugar o lugares donde vivirán los hijos: domicilio de cada progenitor, o si se opta por custodia compartida con vivienda familiar fija.
Tareas de cada progenitor: responsabilidades concretas de cada uno.
Reparto del tiempo de convivencia: calendario detallado (semanal, quincenal, mensual).
Régimen de fines de semana, festivos y vacaciones: cómo se distribuyen estos períodos.
Comunicación entre progenitores: sistemas de comunicación y toma de decisiones.
Cambios de domicilio: qué sucede si un progenitor necesita mudarse.
Manera de cumplir el deber de informarse: cómo se compartirá información sobre educación, salud, actividades.
Criterios para la asunción de decisiones: cómo se tomarán decisiones importantes (educación, salud, religión, viajes).
Este documento es fundamental y debe ser realista, detallado y centrado en el interés de los hijos.
4. Presentación de la demanda (si no hay acuerdo)
Si no se alcanza un acuerdo, es necesario iniciar un procedimiento judicial contencioso. Es obligatorio actuar con abogado y procurador.
La demanda se presenta ante el Juzgado de Primera Instancia (Juzgado de Familia) del lugar de residencia de los hijos y debe incluir:
- Petición expresa de custodia compartida
- Plan de parentalidad propuesto
- Fundamentos jurídicos (artículos del Código Civil de Cataluña)
- Documentación y pruebas que respalden la petición
- Propuesta sobre pensión de alimentos
- Propuesta sobre uso de la vivienda familiar
5. Contestación y pruebas
El otro progenitor tiene 20 días para contestar a la demanda. Puede:
- Aceptar la custodia compartida propuesta
- Proponer un plan de parentalidad alternativo
- Oponerse y solicitar custodia exclusiva para él/ella
En esta fase, ambas partes proponen las pruebas que quieren practicar:
Testigos: familiares, maestros, pediatras, conocidos.
Informes psicosociales: el equipo técnico del juzgado evalúa a la familia (muy importantes).
Documentos: informes escolares, médicos, facturas que demuestren implicación.
Interrogatorio de las partes: declaraciones de ambos progenitores.
Exploración de los menores: si tienen edad suficiente (normalmente a partir de 12 años), el juez puede escucharles.
6. Informe psicosocial
El informe del equipo técnico judicial (psicólogo y trabajador social) es una de las pruebas más determinantes. Este equipo:
- Entrevista a ambos progenitores
- Visita los domicilios de cada uno
- Observa la interacción de cada padre con los hijos
- Habla con los menores (si tienen edad adecuada)
- Evalúa la idoneidad de cada progenitor
- Emite un informe recomendando el tipo de custodia más adecuado
Aunque el juez no está obligado a seguir este informe, en la práctica tiene un peso muy importante en la decisión final.
7. Vista judicial
Se celebra una vista (juicio) donde se practican todas las pruebas admitidas. Es el momento en que:
- Declaran los testigos propuestos
- Se presenta documentación
- Los progenitores responden a las preguntas del juez y los abogados
- Se valoran los informes periciales
La vista suele durar entre 1 y 3 horas dependiendo de la complejidad del caso.
8. Sentencia
Tras la vista, el juez dicta sentencia estableciendo:
- Tipo de custodia (compartida o exclusiva)
- Régimen concreto de convivencia con cada progenitor
- Pensión de alimentos (si procede)
- Atribución del uso de la vivienda familiar
- Reparto de gastos extraordinarios
- Otras medidas necesarias
La sentencia puede ser recurrida en apelación si no se está conforme.
Documentación necesaria
Para solicitar la custodia compartida necesitarás aportar:
Documentación personal:
- DNI de ambos progenitores
- Certificado de matrimonio o libro de familia
- Certificado de empadronamiento de hijos y progenitores
- Certificado de nacimiento de los hijos
Documentación económica:
- Últimas nóminas o declaración de IRPF
- Certificados de ingresos
- Justificantes de gastos de los hijos (educación, salud, actividades)
Documentación sobre los hijos:
- Informes escolares
- Informes médicos o psicológicos (si existen)
- Justificantes de actividades extraescolares
- Cualquier documento que acredite tu implicación en su cuidado
Vivienda:
- Contrato de alquiler o escritura de propiedad
- Fotografías de la habitación de los niños en tu domicilio
- Descripción de las condiciones de habitabilidad
Factores que valoran los jueces
Los jueces de Barcelona evalúan múltiples factores para decidir si otorgan la custodia compartida:
Aptitud de los progenitores: capacidad física, emocional y económica para cuidar a los hijos.
Dedicación previa: qué progenitor se ha ocupado más de los hijos durante la convivencia (llevarlos al colegio, médico, actividades).
Disponibilidad horaria: flexibilidad laboral y tiempo disponible para estar con los hijos.
Relación entre progenitores: si existe una comunicación respetuosa o hay conflictividad extrema.
Vinculación afectiva: calidad del vínculo de cada progenitor con los hijos.
Opinión de los menores: especialmente relevante en mayores de 12 años.
Distancia entre domicilios: cuanto más próximos, mejor para la estabilidad de los niños.
Adaptación de los hijos: cómo afectaría el cambio a su rutina escolar, social y emocional.
Ausencia de violencia o maltrato: cualquier antecedente pesa negativamente.
Informes escolares y médicos: comportamiento, rendimiento académico, estado de salud.
Condiciones de las viviendas: espacio adecuado para los niños en ambos domicilios.
Plazos aproximados
Los plazos varían significativamente según si hay acuerdo o no:
Con acuerdo (divorcio de mutuo acuerdo)
Negociación y acuerdo: 1-2 meses
Tramitación judicial: 2-3 meses
Total: 3-5 meses aproximadamente
Sin acuerdo (divorcio contencioso)
Presentación demanda y contestación: 1-2 meses
Práctica de pruebas e informe psicosocial: 4-6 meses
Vista y sentencia: 3-5 meses
Total: 8-15 meses de media en Barcelona
Con recurso de apelación: añadir 8-12 meses más
Estos plazos son orientativos y dependen de la carga de trabajo de cada juzgado.
Costes aproximados
Con acuerdo de mutuo acuerdo
Abogado: 800-1.500 € por progenitor
Procurador: 300-600 € por progenitor
Total por progenitor: 1.100-2.100 €
Sin acuerdo (procedimiento contencioso)
Abogado: 2.000-5.000 € (puede ser más en casos complejos)
Procurador: 800-1.500 €
Informes periciales privados (opcional): 800-2.000 € por informe
Total por progenitor: 3.000-8.000 € o más
Otros costes
Mediación familiar: 400-1.200 € (coste compartido)
Perito psicólogo privado: 1.500-3.000 €
Tasas judiciales: las personas físicas están exentas
Condena en costas: si pierdes, puedes tener que pagar también los gastos de la otra parte
Modelos de custodia compartida
Existen diferentes formas de organizar la custodia compartida:
Reparto semanal alterno
Los hijos pasan una semana con cada progenitor. Es el modelo más frecuente.
Ventajas: períodos suficientemente largos para crear rutina con cada padre.
Inconvenientes: puede ser largo para niños muy pequeños.
Reparto quincenal
Dos semanas con cada progenitor. Menos habitual, adecuado para hijos adolescentes.
Reparto de 2-2-3
Dos días con un progenitor, dos con el otro, y tres con el primero, alternando semanalmente.
Ventajas: los niños no pasan muchos días sin ver a ninguno de los padres.
Inconvenientes: muchos cambios de domicilio.
Reparto de 3-4 días
3 días con uno, 4 con otro, alternando semanalmente quién tiene el fin de semana.
Custodia compartida con vivienda familiar fija
Los hijos permanecen en la vivienda familiar y son los padres quienes se alternan viviendo con ellos («casa nido»).
Ventajas: máxima estabilidad para los niños.
Inconvenientes: costoso (se necesitan tres viviendas), complica la vida de los padres, puede generar conflictos sobre el mantenimiento de la casa.
Pensión de alimentos con custodia compartida
Aunque ambos progenitores compartan la custodia, puede existir pensión de alimentos si hay desequilibrio económico significativo entre ambos.
Pensión reducida o inexistente: si ambos tienen ingresos similares, normalmente cada uno asume los gastos durante su período de custodia, y los extraordinarios se reparten proporcionalmente.
Pensión compensatoria: el progenitor con mayores ingresos puede pagar una pensión para equilibrar el nivel de vida de los hijos.
El cálculo depende de:
- Ingresos de cada progenitor
- Necesidades de los hijos
- Tiempo exacto de convivencia con cada uno
- Reparto de gastos acordado
Uso de la vivienda familiar
En custodia compartida, la atribución de la vivienda familiar depende de varios factores:
Titularidad: si la vivienda es privativa de uno de los progenitores, normalmente él se queda, salvo que el interés de los menores exija lo contrario.
Si es común o ganancial: puede atribuirse a uno de los progenitores con criterios como:
- Quién tiene menores ingresos
- Quién tiene mayor dificultad para encontrar vivienda alternativa
- Interés superior de los menores
Venta o liquidación: es frecuente acordar la venta de la vivienda y repartir el dinero.
Casa nido: los padres se turnan y los hijos permanecen en la vivienda.
Consejos prácticos para negociar con el otro progenitor
Prioriza el bienestar de los hijos: todas las decisiones deben basarse en qué es mejor para ellos, no en tu comodidad o en «ganar» al otro progenitor.
Evita la confrontación: cuanto más conflictivo sea el proceso, peor para los hijos y más costoso y largo será.
Sé flexible: la rigidez extrema dificulta los acuerdos. Busca soluciones prácticas que funcionen para toda la familia.
Documenta tu implicación: guarda justificantes de que llevas a los niños al médico, al colegio, a actividades. Esto será muy valorado.
No hables mal del otro progenitor: delante de los hijos, ni en informes. Esto juega en tu contra ante el juez.
Considera la mediación familiar: es mucho más eficaz que un juicio para preservar la relación y encontrar soluciones personalizadas.
Escucha a tus hijos: si tienen edad suficiente, ten en cuenta su opinión, pero sin presionarles ni ponerles en medio.
Prepara bien el plan de parentalidad: debe ser detallado, realista y pensado para funcionar a largo plazo.
Busca asesoramiento profesional: un abogado especializado te guiará sobre qué es razonable pedir y cómo presentar tu caso.
Mantén la calma: las emociones intensas son normales, pero no deben guiar tus decisiones legales.
Modificación de la custodia compartida
La custodia compartida puede modificarse si cambian las circunstancias que llevaron a establecerla:
Cambio de residencia de uno de los progenitores a otra ciudad.
Cambio en la situación laboral: si uno pierde la flexibilidad horaria necesaria.
Conflictividad sobrevenida: si la relación entre progenitores se deteriora gravemente.
Petición de los hijos: si, al crecer, manifiestan preferencia clara por vivir principalmente con uno.
Incumplimientos reiterados: si uno de los progenitores no respeta el régimen establecido.
Para modificar la custodia es necesario un nuevo procedimiento judicial o un acuerdo entre ambos progenitores que se homologue judicialmente.
Custodia compartida y violencia de género
La existencia de violencia de género es un obstáculo absoluto para la custodia compartida. La ley prohíbe expresamente este régimen cuando hay:
- Condena penal por violencia de género
- Orden de protección en vigor
- Denuncia en tramitación (se suspende temporalmente hasta resolución)
En estos casos, se establece custodia exclusiva para la madre y régimen de visitas supervisado o sin contacto directo, según la gravedad.
¿Qué pasa si uno de los progenitores incumple?
El incumplimiento del régimen de custodia compartida establecido judicialmente puede tener consecuencias:
Consecuencias civiles: modificación del régimen de custodia, multas coercitivas, pérdida de custodia.
Consecuencias penales: el incumplimiento reiterado y grave puede constituir delito de quebrantamiento de medidas civiles (artículo 468 del Código Penal).
Consecuencias económicas: indemnización por daños y perjuicios causados.
Si el otro progenitor incumple sistemáticamente:
- Documenta cada incumplimiento: fechas, circunstancias, testigos.
- Comunica por escrito: email, WhatsApp (guarda las conversaciones).
- Intenta resolver amistosamente: a veces es un malentendido.
- Acude a mediación: si el conflicto no se resuelve.
- Presenta denuncia o solicita modificación: si el incumplimiento es grave o reiterado.
Conclusión
La custodia compartida es el régimen preferente en Barcelona y Cataluña cuando ambos progenitores tienen capacidad para cuidar a los hijos y existe una relación respetuosa entre ellos. El Código Civil de Cataluña establece particularidades propias que hacen imprescindible contar con asesoramiento especializado en derecho de familia catalán.
Los requisitos fundamentales son: aptitud de ambos progenitores, disponibilidad de tiempo, proximidad geográfica, voluntad de cooperación y, sobre todo, que sea lo mejor para el interés de los hijos.
El proceso puede resolverse mediante acuerdo (3-5 meses y 1.100-2.100 € por progenitor) o por vía judicial contenciosa (8-15 meses y 3.000-8.000 € o más). El plan de parentalidad es un documento obligatorio que debe detallar cómo se ejercerá la custodia.
Los jueces valoran múltiples factores, siendo especialmente relevantes el informe psicosocial del equipo técnico judicial, la dedicación previa de cada progenitor a los hijos, y la opinión de los menores si tienen edad suficiente.
Lo más recomendable siempre es intentar un acuerdo con el otro progenitor, si es posible mediante mediación familiar, para evitar un proceso largo, costoso y doloroso que inevitablemente afecta a los hijos.
Si estás considerando solicitar la custodia compartida en Barcelona, lo más importante es actuar cuanto antes con asesoramiento profesional especializado que evalúe tu situación concreta, te explique tus opciones reales y te guíe en el proceso de la forma menos traumática posible para toda la familia.
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